Sunday, December 29, 2019
Visa G4 para trabajar en organizaciones internacionales
La visa G-4 permite a una persona extranjera vivir en Estados Unidos para trabajar en una organizacià ³n internacional como la ONU, el FMI o la OEA. En comparacià ³n con otras visas de trabajo, la G-4 ofrece notables ventajas en materia de là mite de tiempo, impuestos y familiares que pueden acompaà ±ar a su titular. Tiene cierto parecido con la visa Aà para diplomà ¡ticos pero es diferente. Quià ©nes pueden solicitar la visa G-4 Los extranjeros con contrato de trabajo en una organizacià ³n internacional ubicada en EE.UU. Ademà ¡s, este mismo tipo de visa se otorga a las personas que conforman el hogar familiar de la persona contratada: su cà ³nyuge, los hijos de cualquier edad, los hijos de la pareja y, en algunos casos muy limitados, los padres e incluso otros familiares cercanos. Validez de la visa G-4 y transfer La visa G-4 es và ¡lida por el tiempo que seà ±ala la misma. Ademà ¡s, se puede prorrogar sucesivamente sin là mite de aà ±os. En los 60 dà as anteriores a que la visa expire, se tramita su extensià ³n sin necesidad de salir del paà s. Se puede transferir de una organizacià ³n internacional a otra, por ejemplo, de trabajar en Naciones Unidas pasar a ser un empleado del Fondo Monetario Internacional. Para ello debe cancelarse con el Departamento de Estado la registracià ³n con la institucià ³n original y registrarse con la nueva. Permiso de trabajo para familiares de titulares visa G-4 En algunos casos, los familiares que acompaà ±an a EEUU a la persona contratada por la organizacià ³n internacional pueden trabajar. Para ello necesitan obtener previamente un permiso de trabajo, que se conoce por las siglas EAD. Debe solicitarse al USCIS, que sà ³lo los concede en los casos de nacionales de paà ses que tienen un tratado de reciprocidad con Estados Unidos. Los permisos de trabajo se aprueban para el cà ³nyuge o pareja, los hijos solteros menores de 21 aà ±os, o de 23 si està ¡n estudiando a tiempo completo en la universidad. Si tuviesen una minusvalà a fà sica o mental no se aplica el là mite de edad, siempre y cuando sean solteros. Por otra parte, los hijos de extranjeros con visa G-4 pueden estudiar la educacià ³n primaria y secundaria. Para los recià ©n llegados, estos son las reglas bà ¡sicas del sistema educativo de los Estados Unidos. Impuestos de titulares de la visa G-4 Ademà ¡s, otra de las ventajas de la visa G-4 es que no se tributa en EEUU el impuesto sobre la renta (income tax) por el salario pagado por la organizacià ³n internacional. Tramitacià ³n de la visa G-4 y de su extensià ³n Una vez que se ha encontrado una organizacià ³n internacional que ofrezca un trabajo al que se puede aplicar, debe conseguirse que està © de acuerdo en contratar. Una vez que se tiene la oferta de contrato ya debe iniciarse el proceso ante una oficina consular de los Estados Unidos.. Si la persona contratada se encuentra en Estados Unidos deberà ¡ tambià ©n tramitar la visa en un consulado y salir del paà s para obtenerla, ya que no se puede hacer este trà ¡mite dentro del paà s salvo en casos limitadà simos como el de los estudiantes internacionales con una visa F-1 en prà ¡cticas en la organizacià ³n internacional que ahora los contrata con una G-4. En estos supuestos podrà a ser posible cambiar la visa a travà ©s del USCIS. Se debe pedir una cita y los documentos a presentar son el DS-160, un pasaporte và ¡lido por al menos medio aà ±o y una carta de la organizacià ³n internacional ofreciendo la contratacià ³n y fotos. Como regla general, no es necesario presentarse a una entrevista y las tasas de la visa no se pagan. Las oficinas consulares pueden pedir informacià ³n y documentacià ³n adicional, dependiendo de cada caso.à Estas visas se caracterizan por ser tramitadas inmediatamente. En cuanto a su validez, si una persona contratada con una visa G-4 se retira o es despedida debe abandonar EEUU en un periodo de 60 dà as junto con los familiares inmediatos tambià ©n titulares de ese tipo de visado. Y en estos casos, si se sale de EEUU no se puede volver a entrar, aunque la fecha de vigencia de la visa siga siendo và ¡lida. En cuanto a la renovacià ³n, si el titular de una visa G-4 debe renovar la visa y està ¡ presente en EE.UU. puede contactar con la Diplomatic Liaison Division del Departamento de Estado o con la Misià ³n de EE.UU. ante Naciones Unidas, ya que en muchos casos es posible renovar la visa a travà ©s de esas oficinas llenando el formulario online DS-1648. Finalmente, cabe destacar que, en general, los maestros de la escuela internacional de Naciones Unidas no se consideran plantel de dicha organizacià ³n internacional, por lo tanto no pueden beneficiarse de esta visa. Pero puede ocurrir que la ONU solicite expresamente una G-4 a una persona en particular y el consulado correspondiente puede aprobarla pero no es la regla general. Tributacià ³n por parte de ciudadanos que trabajar en organizacià ³n internacional en EE.UU. Por supuesto que los ciudadanos estadounidenses, los residentes permanentes legales y las personas con permiso de trabajo en los EEUU no necesitan una visa G-4 para trabajar en una organizacià ³n internacional. En cuanto al pago de impuestos por el salario recibido por la organizacià ³n internacional, debe tributarse de una forma especial. La visa G-4 como camino a la green card La G-4 puede ser un puente hacia la residencia permanente tanto durante la vida laboral de una persona como tras su jubilacià ³n. En este à ºltimo caso si la persona ha vivido al menos 15 aà ±os en EEUU y, de ellos, tres y medio los ha residido en los siete aà ±os anteriores a retirarse, puede solicitar la green card para sà misma y para su cà ³nyuge en los seis meses siguientes a su à ºltimo dà a de trabajo. Otras opciones para trabajar en Estados Unidos Para trabajar legalmente es necesario tener una situacià ³n migratoria que lo permita. Por ejemplo, porque se es ciudadano americano, residente permanente legal, se tiene una visa de trabajo o se està ¡ en una situacià ³n que permite solicitar y obtener un permiso de trabajo. Tener en cuenta que trabajar cuando no se està ¡ autorizado es una violacià ³n migratoria y, si las autoridades se enteran o lo sospechan darà ¡ lugar a que se cancele la visa. Frecuentemente, la persona se entera de que su visa es revocada cuando intenta regresar a Estados Unidos despuà ©s de un viaje a otro paà s y se encuentra con la desagradable sorpresa de que no la dejan entrar a paà s y la envà an de regreso a su lugar de procedencia.à Puntos Clave: Visa G-4 à ¿Para quià ©n es?: extranjeros con contrato de trabajo en una organizacià ³n internacional ubicada en EE.UU.El titular de la visa G-4 à ¿puede obtener visa para familiares?: sà , en general para el cà ³nyuge, compaà ±ero domà ©stico e hijos solteros menores de 21 aà ±os. En algunas circunstancias, ese cà rculo de familiares puede ampliarse. Pueden trabajar en EE.UU. y estudiar.El titular de la visa G-4, à ¿paga impuestos en EE.UU.?: No. Este artà culo es meramente informativo. No es asesorà a legal .
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